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El expediente electrónico, próximo a ser Ley Nacional
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El expediente electrónico, próximo a ser Ley Nacional |
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El
30 de marzo 2011 entró en el Senado de la Nación el Expediente
Número 19/11 con origen
en la Cámara
de Diputados el Proyecto de Ley de Comunicación Electrónica
Judicial, que, recibiera media sanción de dicha Cámara
el pasado 16 de marzo 2011 (Expte. 10019-D-2010) y el 4
de abril tuvo radicación en la Comisión de Justicia y
Asuntos Penales de la Cámara Alta, la que citó un mes
después -a través de su Presidente, la Senadora Sonia
Escudero- a reunión plenaria con el fin de que
expusieran expertos en la materia.- A
dicha sesión concurrió el presidente del Consejo de la
Magistratura, Dr. Mario Fera, consideró que se trata de
"un avance revolucionario", mientras que la
titular de la Cámara Nacional de Casación Penal, Dra.
Ángela Ledesma, señaló que "no sólo hay una
economía de tiempo sino de papel". También
participaron de la reunión el presidente de la Asociación
Nacional de Magistrados, Dr. Luís María Cabral, el
coordinador de la Comisión Nacional de Gestión
Judicial, Dr. Eduardo Parody, el director de Tecnología
del Consejo, Dr. Gabriel Melhman y el juez de Primera
Instancia en lo Civil número 1 de la Ciudad de Buenos
Aires, Gustavo Caramelo Díaz, así como el suscripto,
quien lo hizo como presidente de la Comisión
de Derecho de Alta Tecnología del Colegio Público de
Abogados de la ciudad de Buenos Aires,
coincidiendo todos en la conveniencia de igualar
funcionalmente al papel el formato electrónico en ámbitos
judiciales y que "los
tiempos de dilatar la informatización del poder
judicial se han acabado, dado que es momento de avanzar
con la despapelización de la disciplina".- Se
trata del primer paso en el tratamiento del proyecto ya
aprobado por la Cámara Diputados y que otorga a los "expedientes
electrónicos, documentos electrónicos, firmas
digitales y electrónicas, comunicaciones electrónicas,
y domicilios constituidos"
la misma "eficacia jurídica
y valor probatorio"
que el soporte papel y está en consonancia con el
plan estratégico de Modernización de la Justicia que
ha encarado la Corte Suprema de Justicia de la Nación
que es, sin dudas, una proyección ambiciosa, pero a la
vez realista, encaminada a transformar en los próximos
años el servicio público de justicia, y que debe
convertirse en uno de los objetivos a muy corto plazo
del Colegio de Abogados por la responsabilidad que nos
cabe como colaboradores de la Justicia.- La
tecnología es una poderosa herramienta para la labor
judicial cuando es diseñada en función de las
necesidades de ésta y capacitados los actores en su
mejor utilización. Cumplidas tales condiciones, los
medios tecnológicos simplifican el acceso a la
información, la elaboración de modelos para la
tramitación de los casos, y su ordenación según
criterios uniformes. Todo lo cual contribuye a la buena
gestión evitando tareas repetitivas, duplicaciones y
superposiciones, y optimizando los tiempos. Todos pueden
entonces trabajar menos y mejor, hay más tiempo para la
labor intelectual, la resolución y la inmediación y así
se hace más y mejor Justicia individual en los casos
individuales.- Una
Justicia moderna es, necesariamente, una Justicia
tecnológicamente avanzada. El impacto de
esas nuevas tecnologías ha sido y es tal, que ya
podemos hablar del fin de la sociedad industrial y el
comienzo de la sociedad tecnológica de la información,
donde la informática, Internet y sus variantes
corporativas -intranets y extranets-, la prensa electrónica
interactiva, videoconferencia, trabajo, consultas y
educación a distancia -entre otros- gobernarán a la
sociedad mundial toda; tanto desde lo económico y
social, cuanto de lo político; sea nacional,
continental o universal.- Si
se piensa que hasta no hace mucho el último avance
tecnológico incorporado a la Justicia lo constituía la
máquina de escribir eléctrica, cabe entonces aclarar
que la introducción de la informática al ámbito
judicial resulta de innegable utilidad, empero, si bien
útil, aisladamente considerada es insuficiente, puesto
que se pierde de vista el contexto en que esa nueva
tecnología debe operarse.- La
Justicia Argentina se encuentra transitando un proceso
de cambio que, como sucede en el contexto global, no
tiene fin: en tanto las necesidades cambian, se
diversifican y crecen, cada organización ha de darles
respuesta renovando sus herramientas y técnicas para
cumplir mejor sus objetivos.- No
puede quedar al margen de tan avasallante realidad, y
por ello, proyectos como el comentado facilitan: a. Que los tribunales puedan trabajar en red y comunicarse entre sí mediante la creación y desarrollo de un esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad que permita el funcionamiento integrado y conjunto de las distintas aplicaciones informáticas al servicio de la Administración de Justicia y de este modo la interoperabilidad entre órganos judiciales (aunque empleen sistemas de gestión procesal diferentes según las provincias) y la interoperabilidad externa con otras administraciones como, por ejemplo, los Registros, Fuerzas de Seguridad, etc.- b. El objetivo de despapelización previsto en la Ley 25.506 –en cuya redacción me tocó intervenir al integrar su Comisión Redactora en el año 2000- en nuestro juzgados y tribunales a través de: i. Despliegue completo del sistema seguro de intercambio de documentos que permita que todas las comunicaciones procesales se realicen por vía electrónica eliminando el sistema de notificaciones por cédula o pedidos de informes por oficios a organismos informatizados.- ii. Desarrollo de una plataforma de Firma Digital propia de la Administración de Justicia para dar seguridad de los documentos y confirmar su autoría.- iii. Creación del Colegio Público de Abogados como Autoridad de Registro para la creación de la firma digital de los matriculados iv. Incremento de la aplicación de las nuevas tecnologías en diversas áreas del sistema de administración de Justicia, como es el incremento de los medios de grabación audiovisual y videoconferencia en las audiencias y mejora de la gestión del almacenamiento de las piezas de convicción v.
Mejoramiento de los sitios o portales Web
de la Justicia, en el que, además de publicar información de utilidad para el
ciudadano, se presten servicios como petición de citas
para evitar colas, conocimiento del estado de la
tramitación de un asunto o descarga de certificados
(nacimiento, matrimonio, nacionalidad, etc.) con
certificado digital. Ello sin perjuicio del site
de la
Administración de Justicia para los profesionales en
el que se disponga de información actualizada sobre
asuntos, vistas, repartos y estado de los procesos, así
como de servicios de notificación y presentación de
escritos de manera telemática.- De
sancionarse el proyecto analizado considero que habremos
cumplido con una de las asignaturas pendientes que pesan
–sobre todos nosotros- en la obligación del
mejoramiento del servicio de Justicia.-
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